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ReformaParece que el año no empieza mal del todo, se asoma alguna medida encaminada al apoyo y al fomento todo ello a través del Decreto-Ley 4/2012, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, para el fomento del emprendimiento y del autoempleo.

Analizaremos brevemente lo que más nos puede interesar:

## Disminución de la cotización a la Seguridad Social aplicable a los jóvenes trabajadores por cuenta propia, en distintos supuestos, menores de 30 años de edad, o menores de 35 años en el caso de mujeres. Su cálculo requiere de una información pormenorizada de su situación y tenemos que sentarnos a hacer números.

## Posibilidad de compatibilizar la percepción de desempleo con el inicio de actividad por cuenta propia durante los 9 meses para menores de 30 años en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, cuando así lo establezcan los programas de fomento al empleo, (todavía no han sido publicados).

## La protección frente a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que incluye la cobertura de la protección por cese de actividad, tendrá carácter voluntario para los trabajadores por cuenta propia menores de 30 años de edad.

## Ampliación de la capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora, los menores de 30 años podrán capitalizar hasta el 100% de su prestación, también se amplía de 2 a 5 años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta propia que permite interrumpir el cobro de la prestación por desempleo.

## Incentivos fiscales tanto en el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre Sociedades para apoyar los proyectos emprendedores.

## Modificación del contrato “primer empleo joven”, existiendo incentivos a la transformación en indefinidos de los contratos a menores de 30 años.

## Contratos a tiempo parcial con vinculación formativa, gozaran de una reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondientes al trabajador contratado del 100% en empresas de menos de 250 trabajadores, durante un máximo de 12 de meses que será prorrateado por otros 12 meses, en el caso de que el trabajador correspondiente continúe compatibilizando el empleo con la formación.

## Reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año por la contratación indefinida de un desempleado menor de 30 años, en autónomos y microempresas, es decir, empresas de menos de 9 trabajadores.

## Incentivos a la incorporación de jóvenes a entidades de la economía social, se incorporan bonificaciones en las cuotas empresariales aplicables a cooperativas o sociedades laborales, que incorporen trabajadores de menos de 30 años como socios trabajadores o de trabajo.

## Mejora de la intermediación, formalización conjunta de acuerdos para la contratación de servicios que faciliten la intermediación laboral.

## También establece el Decreto unas medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, determinando el plazo que debe cumplir el deudor en caso de no haberse fijado fecha en el contrato, modificando artículos de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre.

Todo esto parece un poco duro de comprender a simple vista, ya hemos preparado ejemplos prácticos y análisis concretos para poder valorar en que os afecta.......si nos necesitas ya sabes donde estamos.......