Una buena noticia, se prorroga la medida de la reposición de los seis meses de paro en caso de un ERE Temporal. El pasado sábado y mediante el Real Decreto 1/2013, se aprobó dicha medida, que nos viene a decir que en caso de ERE temporal se pueden recuperar los seis meses de paro, incluso en aquellos EREs iniciados en el 2013.
Los trabajadores afectados tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el mismo número de días que hubiera percibido el desempleo total o parcial en virtud de aquellas suspensiones o reducciones con un límite máximo de 180 días, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- Que las suspensiones o reducciones de jornada se hayan producido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013, ambos inclusive.
- Que el despido se produzca entre el 12 de febrero de 2012 y el 31 de diciembre de 2014.
Básicamente el requisito exigido es que el despido se produzca entre antes del 31/12/2014 y por las causas ya conocidas, y que no viene mal recordar: despido objetivo, ERE o empresa en procedimiento concursal.
Esta modificación es de carácter retroactivo y también nos recoge los EREs aprobados antes del 26 de enero de 2013.
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