cabecera blog 02

Novedades en materia social, laboral y de empleo – Real Decreto-Ley 28/2018, de fecha 29 de diciembre de 2018, entre todas las medidas que se establecen podemos destacar entre otras, las siguientes:

-Actualización del tope máximo y de las bases máximas de cotización en el sistema de la Seguridad social (autónomos, agrario, empleadas de hogar ….)

-La realización de prácticas formativas en empresas, determinará la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que realicen las prácticas indicadas, aunque no tengan carácter remunerado, como asimiladas a trabajadores por cuenta ajena, con exclusión de la protección por desempleo.

-Los convenios colectivos podrán establecer cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento por parte del trabajador de la edad legal de jubilación, siempre que se cumplan unos requisitos.

-Los contratos de carácter temporal de duración efectiva igual o inferior a cinco días, la cuota empresarial por contingencias comunes se incrementará en un 40%.

-Se amplía la protección social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social.

-Se deroga la ayuda económica de acompañamiento prevista en la Ley 6/2018 dirigida a activar e insertar jóvenes de 30 años con niveles formativos bajos, que participen en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

-Derogación expresa de determinadas medidas de fomento del empleo:

          -Posibilidad de celebrar contratos de formación y aprendizaje con menores de 30 años.

          -Contrato indefinido de apoyo a los emprendedores.

          -Estímulos a la contratación de la Ley 11/2013.

-Las nuevas coberturas sociales facilitarán al autónomo las siguientes acciones:

          -Cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día en que curse baja.

          -Dejar de pagar cuota de autónomos a partir del segundo mes de baja por Incapacidad Temporal y hasta el momento  de alta.

          -Acceder a la formación continua.

          -Mayor acceso a la prestación por cese de actividad cuya duración aumenta de 12 a 24 meses.

Seguiremos ampliando novedades, para cualquier aclaración no dudéis en llamarnos!