Nuestros hijos están a punto de comenzar el curso escolar y nosotros ya los hemos empezado bien, con una importante subida en el precio de los libros de texto.
ACORDAOS DE NO TIRAR LA FACTURA, si no hay novedad nos vamos a poder deducir una pequeña cantidad en nuestra próxima declaración de la renta.
El pasado mes de diciembre nuestro gobierno de Aragón aprobó la ley 10/2012 de medidas fiscales y administrativas, en su artículo 110-11 nos establece la cuantificación de dicha deducción.
Para tener derecho a dicha deducción hay que tener en cuenta dos aspectos:
- Nuestra bases imponibles, tanto general como la del ahorro ( nuestros ingresos y ahorros deducidos los gastos)
- Nuestra situación familiar, es decir si tenemos o no la condición legal de familia numerosa.
En el supuesto de contribuyentes que no tengan la condición legal de “familia numerosa” la deducción será la siguiente:
Base Imponible Deducción
Hasta 12.000 € |
100 euros por hijo |
Entre 12.000,01 y 20.000,00 € |
50 euros por hijo |
Entre 20.000,01 y 25.000,00 € |
37,50 euros por hijo |
En el supuesto de contribuyentes que tengan la condición legal de “familia numerosa” la deducción por cada hijo tiene una cuantía fija de 150 euros.
En el caso de declaraciones individuales los parámetros son diferentes
Para aplicar la presente deducción sólo se tendrán en cuenta aquellos hijos que dan derecho a reducción previsto por la ley en concepto de mínimo por descendiente.
Espero haber alegrado el mes de septiembre y si tenéis alguna duda ya sabes dónde estamos…