cabecera blog 02

 

IMPUESTOSEstas Jubilad@ y has recibido una carta de hacienda que empieza... "Estimado contribuyente..." No te asustes!,

Tanta educación, puede ser por dos motivos: te están informado de algo novedoso o bien han detectado que hay un colectivo al que consideran que no están haciendo bien las cosas, desde su  punto de vista.

En estos momentos el colectivo de personas jubiladas está recibiendo esta misiva. Sirve para recordarnos que si formamos parte de aquel colectivo de personas que a principios de los años 60 tuvieron que emigrar para poder conseguir un trabajo digno y cotizaron en el país de destino, es posible que se encuentren fuera de juego. Este grupo, en la mayoría de los casos, está cobrando una pensión, derecho adquirido por el tiempo trabajado y cotizado en dicho país.

La Agencia Estatal Tributaria sospecha que dichas cantidades no han sido incluidas en el IRPF, como rendimientos de trabajo. Por lo que nos anima hacer una declaración complementaria por cada año no prescrito. Y además, concede un plazo extraordinario para “regularizar de forma voluntaria dicha situación” (suena parecido a la amnistía fiscal, aunque los ingresos por este tema van a ser en la mayoría de los casos ridículos). El plazo es hasta el 30 de junio de 2015.

Es decir tenemos hasta el 30 de junio para presentar la autoliquidación del impuesto sobre la renta de las personas físicas de los años no prescritos, sin sanciones, ni recargos ni intereses.

Si quieres que estudiemos tu situación particular, no dudes en ponerte en contacto con nosotros!