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  1. Apoyo a trabajadores, familiares y colectivos vulnerables

 

  • Garantía suministro de energía eléctrica, gas natural y agua hasta el 19/04/2020, siempre que sea consumidor vulnerable.
  • Prórroga automática hasta el 15/04/2020 del bono social.
  • Derecho a adaptación de horario y reducción de jornada a trabajadores para cuidados de familia hasta segundo grado cunado concurran circunstancias excepcionales relacionadas con el contagio del coronavirus
  • Moratoria en la deuda hipotecaria para la adquisición de la vivienda habitual, ámbito de aplicación:
    • Vulnerabilidad económica:
      • Deudor en situación de desempleo, si es empresario o profesional pérdida sustancial de ingresos
      • El conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere en el mes anterior a la moratoria, tres veces el IPREM.
      • La cuota hipotecaria más los gastos y suministros básicos resulte superior o igual al 35 % de los ingresos, del conjunto de la unidad familiar
      • A consecuencia de la emergencia haya sufrido una alteración significativa (cada sustancial de la menos del 40% )
    • Fiadores, avalistas o hipotecantes no deudores, podrán exigir que la entidad agote el patrimonio del deudor principal.
    • Plazo hasta 15 días después de la vigencia.
    • La implementación por parte de la entidad acreedora será en un plazo máximo de 15 días.
  • Autónomos, afectados por el cierre forzoso o por una disminución de los ingresos de la menos el 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior, tendrán derechos a una prestación extraordinaria, siempre que se cumpla:
    • Estar afiliados en la fecha de la declaración de alarma
    • Si no estamos ante el caso de cierre forzoso, acreditar la disminución
    • Hallarse al corriente del pago de las cuotas de la seguridad social.
    • La cuantía es el 70 % de la base reguladora.
    • Duración un mes.

2.- Garantía de conectividad de banda ancha y mantenimiento de servicios.

3.- Suspensión de portabilidad.

4.- Interrupción del plazo de devolución de productos durante la vigencia del estado de alarma.

5.- Medidas de flexibilización y ajustes temporales para evitar los despidos, mediante la aplicación de ERTES.

Estamos a la espera del desarrollo reglamentario, en contacto permanente con la administración y por supuesto todo lo que hagamos tiene carácter retroactivo, es decir desde el día en el que se declaro el estado de alarma en España.