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Familia numerosaYa están aquí las primeras novedades en materia tributaria, atentos, y se ha aprobado hasta el modelo. En concreto me estoy refiriendo al anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del Impuesto sobre la Renta de las Personas

 

 

Quién puede solicitarlo:

      a) Trabajadores con contrato de trabajo a jornada completa, en alta durante, al menos, quince días de cada mes, en el Régimen General o en los Regímenes Especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar.

b) Trabajadores con contrato de trabajo a tiempo parcial cuya jornada laboral sea de, al menos, el 50 por 100 de la jornada ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, y se encuentren en alta durante todo el mes en los regímenes citados en la letra anterior.

c) Trabajadores por cuenta ajena en alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social cuando se hubiera optado por bases diarias de cotización, que realicen, al menos, diez jornadas reales en dicho periodo.

d) Trabajadores incluidos en los restantes Regímenes Especiales de la Seguridad Social no citados en las letras anteriores o mutualistas de las respectivas Mutualidades alternativas a la Seguridad Social que se encuentren en alta durante quince días en el mes

.Las solicitudes de abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo podrán presentarse a partir del 7 de enero de 2015.

El modelo es muy fácil de cumplimentar, se puede presentar de forma presencial, telemática…, en fin tal y como se presentan todas las solicitudes.

Si necesitais cualquier aclaración no dudeis en llamarnos al 976 20 55 50,